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Llegando a México


Antes de Aterrizar

Cuando vienes a México por vía aérea antes del aterrizaje el equipo de sobrecargos de la línea aérea te entregará la documentación migratoria y de aduanas necesaria para que la llenes y la tengas lista
para tu ingreso a México.
Está documentación también la encontrarás disponible en las salas de migración.

Después de Aterrizar

Los vuelos procedentes de Europa, Asia y Norteamérica deberán pasar a MIGRACIÓN 1, los que vienen procedentes de América del Sur, Centroamérica y el Caribe deben dirigirse a MIGRACIÓN 2.
Recuerda que una vez que hayas pasado migración debes guardar bien tu documento de entrada, ya que te lo van a pedir cuando quieras salir del país.

Que puedes introducir sin pagar impuestos:


• Las que están incluidas en tu equipaje personal:


1. Bienes de uso personal nuevos o usados, tales como ropa, calzado
y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración
del viaje y que por su cantidad no puedan ser objeto de comercialización,
incluyendo un ajuar de novia.

2. Dos cámaras fotográficas o de video y, en su caso, los accesorios; hasta 12 rollos de película virgen o videocasetes; material fotográfico impreso o filmado; dos aparatos de telefonía celular o de radiolocalización; una máquina de escribir; una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil nuevo o usado de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un proyector portátil, ya sean nuevos o usados, y sus accesorios.

3. Dos equipos personales deportivos nuevos o usados y sus accesorios, siempre que puedan ser transportados normal y comúnmente por el pasajero.

4. Un aparato de radio portátil para el grabado o reproducción de sonido o mixto; o un reproductor de sonido digital o reproductor portátil de discos compactos y un reproductor portátil de DVD’s, así
como un juego de bocinas portátiles, ya sean nuevos o usados, y sus accesorios.

5. Cinco discos láser, 10 discos DVD, 30 discos compactos (CD) o cintas magnéticas (audiocasetes), para la reproducción del sonido y 5 dispositivos de almacenamiento o tarjetas de memoria, para cualquier equipo electrónico.

6. Libros y revistas, nuevos o usados que por su cantidad no puedan ser objeto de comercialización.

7. Cinco juguetes, siempre que no sean objeto de comercialización y sean transportados normal y comúnmente por el pasajero -incluyendo los de colección- una consola de videojuegos.

8. Aparatos que permitan realizar mediciones de presión arterial y de glucosa, así como medicamentos de uso personal; es obligatorio mostrar la receta médica en caso de sustancias psicotrópicas.

9. Velices, petacas, baúles y maletas necesarios para el traslado de las mercancías.

10. Tratándose de pasajeros mayores de edad, se acepta un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, y hasta 3 litros de bebidas alcohólicas –vino incluido- en el entendido que no se podrá introducir una cantidad mayor sin que se cumpla con las regulaciones y restricciones aplicables.

11. Un binocular y un telescopio.

12. Un instrumento musical y sus accesorios.

13. Una tienda de campaña y un equipo para acampar, nuevos o usados, así como sus accesorios.

14. Hasta tres deslizadores acuáticos, con o sin vela.

15. Tratándose de personas con discapacidad, las mercancías de uso personal que por sus características suplan o disminuyan su discapacidad.
En este caso, se consideran entre otros aquellos equipos o aparatos que lleven consigo cada persona: andaderas, sillas de ruedas, muletas y bastones.

16. Cuatro cañas de pesca con sus respectivos accesorios.

17. Accesorios para el traslado de los bebés que viajen con el pasajero, tales como carriolas y andaderas, así como prendas, conjuntos y accesorios para bebés, nuevos o usados, que por su cantidad no puedan ser objeto de comercialización.

18. Un juego de herramientas, siempre que sean transportados normal y comúnmente por el pasajero.

• Las que están dentro de la franquicia a la que tienes derecho. Es el permiso que el gobierno mexicano concede a una persona, ya sea nacional o extranjera, para no pagar derechos e impuestos por una determinada cantidad de mercancías que introduce al país.

• Cuando llegues a territorio nacional por vía marítima o aérea Su franquicia será de hasta 300 dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera, en uno o varios artículos, excepto tratándose
de cervezas, bebidas alcohólicas y tabacos labrados.

• Cuando ingreses al país por vía terrestre Su franquicia cubre hasta 50 dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera, en uno o varios artículos, excepto tratándose de cervezas, bebidas alcohólicas, tabacos labrados y gasolina, salvo lacontenida en el tanque de gasolina del vehículo de acuerdo con las especificaciones del fabricante.
Para ambos casos se deberá contar con la factura, comprobante de venta o cualquier otro documento que exprese el valor comercial de las mercancías.
Las cantidades podrán acumularse por el padre, la madre y los hijos, considerando inclusive a los menores de edad, cuando el arribo a territorio nacional sea simultáneo y en el mismo medio de transporte.

Que debes declarar

Al pasar por la aduana tienes la obligación de declarar:

• Si traes más de diez mil dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera ya sea en efectivo, en documentos o en una combinación de ambos. Esta declaración no genera impuesto alguno.

• Mercancías distintas a tu equipaje.

• Animales.

Semáforo Verde

Ya con tu equipaje en mano y antes de salir de la zona de recepción de equipajes deberás pasar el semáforo fiscal, el cual indicará de manera aleatoria (es decir, sin la intervención de persona alguna) si el personal de la aduana revisará o no tus pertenencias.

La luz roja: Revisan tu equipaje y tu declaración de aduana.

La luz verde: Puedes pasar sin revisión

Independientemente del resultado del semáforo, las autoridades aduanales siempre tienen la opción de solicitar la apertura de equipaje.

¿No llego tu equipaje?

Lo mejor que puedes hacer es buscar a alguna de las personas de información que se encuentran en el área o bien con la gente de seguridad, ellos te indicarán en donde están las oficinas de tu línea aérea.
No todas las oficinas están en el mismo lugar.
Algunas aerolíneas tienen personal que está al pendiente de estás situaciones, de ser así lo podrás resolver más rápido.

Los taxis del Aeropuerto

Para salir de la zona de equipajes se abren unas puertas de vidrio, por el pasillo que tienes frente a ti (generalmente lleno de gente esperando a los pasajeros), camina hacia el lado derecho y ve hasta el
final del pasillo, ahí encontrarás los taxis. Verás los taxis blancos con amarillo estacionados y a la gente abordándolos. Primero debes pagar el servicio en una de las ventanillas que verás a tu lado izquierdo.
Una de estás ventanillas dice SITIO 300, la persona que te atiende te preguntará tu destino y te dará la tarifa a pagar. El costo del servicio varía dependiendo a la zona de la ciudad a la que vas. Las tarifas
empiezan en 80 pesos, unos 6 euros, y la más cara es de 550 pesos que son 39 euros aproximadamente.
Cuando abordes el taxi deberás entregar tu comprobante de pago al taxista, este se quedará una parte, la otra es tuya.


Llegando por tierra


Si llegas por carretera, selecciona cuidadosamente el carril por el que te internarás a México. Existen dos:

Carril de AUTODECLARACIÓN

Lo eliges cuando rebasas tu franquicia y traes cosas adicionales a tu equipaje personal.

Carril de NADA QUE DECLARAR

Los pasajeros residentes en el extranjero que ingresen a México en vehículos terrestres, embarcaciones que sean lanchas, yates o veleros, deberán realizar el trámite de importación temporal de su medio de transporte.






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